Gracias a la reforma de la Ley Hipotecaria hecha en el año 2019 que realizó cambios significativos sobre la adquisición de los seguros, sabemos que la contratación de un seguro de vida es una opción que el cliente puede tomar, suprimiendo la práctica de los bancos que por muchos años obligaban su contrato para otorgar la hipoteca.
Por mucho tiempo se vio como una medida protectora para los bancos la adquisición del seguro ante posibles impagos de las hipotecas, principalmente por fallecimiento; como medida adicional se protege a los herederos para no recibir la deuda.
La primera razón para contratar un seguro sigue siendo la misma, tener una protección ante cualquier calamidad y, si ocurre el fallecimiento del cliente, dejaría una propiedad sin deuda, ya que una propiedad hipotecada es propensa al rechazo por parte de los herederos, si ellos no cuentan con la solvencia económica para asumir los pagos.
Cuando se contrata un seguro, el banco es el primer beneficiario, para que en caso de que el deudor fallezca antes de finalizar la deuda, la aseguradora cubrirá los pagos quedando saldada la hipoteca. Esta fue la razón por la cual los bancos pedían como requisito obligatorio el seguro de vida; sin embargo, la Ley Hipotecaria del 2019 dejó sentenciado que esta es una práctica desfavorable para el cliente, por eso, ahora su contratación es opción abierta.
Lo que debes saber para tomar el seguro de vida
Hemos dejado claro que la entidad bancaria no obligará al cliente a tomar el seguro; pero, hay beneficios para ambas partes, por lo cual en Eurocasa Gran Canaria, te proponemos revisar las opciones disponibles en los seguros.
Los dos métodos para contratar el seguro de vida son, primero por medio del banco, junto con la hipoteca, con beneficios como mejores intereses, además de estar ligado a adquirir otros productos bancarios. La otra forma sería a través de una aseguradora.
La desventaja de contratar con el banco es que finalizando la amortización de la hipoteca, cuando disminuyen los intereses, el seguro se puede incrementar por causas ligadas al fallecimiento o incapacidad de pago del cliente. Por esto es mejor contratar directamente con la aseguradora porque puede ser más económico a largo plazo.